Así como el año pasado si podríamos hablar de un nuevo baremo de accidentes de tráfico, ya que realmente se trataba de un nuevo compendio con muchas modificaciones, este año 2017 en todo caso podemos hablar de una actualización del baremo 2016, una actualización realmente escasa y más referida a la cuantía de las indemnizaciones que cualquier otro aspecto.
Obviamente la importancia de este baremo para los seguros de coche es capital, ya que, a partir de aquí se determina las cuantías de las indemnizaciones por accidente de tráfico. Además, es el documento clave al que referenciarse en caso de cuantificar los resultados de dicho accidente.
Por tanto, dentro del mundo de los seguros, se trata de un baremo fundamentado y al que todas las compañías y agentes del ramo presta mucha atención.
Baremo 2017
Como ya hemos indicado no hay un baremo 2017 como tal, se trata de una actualización a los contenidos del baremo 2016.
Es importante tener claro que hasta ahora las actualizaciones, que solían realizarse durante el primer trimestre de cada año, reflejaban en las tablas de indemnizaciones por días y secuelas generalmente el aumento del IPC, tratando de este modo de reflejar en las indemnizaciones la subida de los precios generales, medida destinada a evitar la pérdida de poder adquisitivo de las indemnizaciones.
Pues bien, una de las modificaciones propuestas en el baremo del año pasado y que ya ha entrado en vigor este año es la revalorización de las cuantías y límites de las indemnizaciones a fecha 1 de enero de cada año según el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones.
Y aquí está realmente la gran modificación del año 2017, añadir al baremo del año 2016 el incremento de las pensiones que se ha correspondido con un 0,25% y no el incremento del IPC que podía haber recordado en 1,4%.
En comparación
2016 | 2017 | |
Días muy graves | 100€ | 100,25€ |
Días graves | 75€ | 75,18€ |
Días moderados | 52€ | 52,13€ |
Días básicos | 30€ | 30,075€ |
Baremo 2016 principales novedades
La aplicación del nuevo baremo de tráfico 2016 modifica un buen número de parámetros relacionados con el cálculo de la indemnización por accidente. Esto nos obliga a darle una vuelta importante a algunos conceptos que veníamos manejando hasta ahora, sobre todo si pretendemos entender cómo se van a realizar las operaciones de cálculo para las citadas indemnizaciones.
Y es que debemos tener muy claro que no estamos ante una actualización de los baremos de tráfico que se venían aplicando en años anteriores, y que por tanto, es a todos los efectos baremo nuevo que se basan nuevos criterios que influyen en nuestros seguros de coche desde el puntos de vista de las coberturas de las indemnizaciones, es decir, no pretendamos encontrar aquí simplemente una actualización de los importes de cobro por días o con secuela a partir de determinadas cuestiones de cálculo (por ejemplo las variaciones del Índice de Precios al consumo) a contrario, en este caso estamos ante un nuevo modelo y nuevo procedimiento jurisdicción en la reclamación de indemnizaciones por lesiones así como en un nuevo modelo de cálculo para las citadas indemnizaciones.
En este post te mostramos todo lo que debes saber sobre la Indemnizacion latigazo cervical
Un primer vistazo al nuevo baremo de tráfico y la nueva regulación
Nos encontramos ante una situación curiosa ya que, si bien es cierto que en la nueva regulación ha mejorado algunos aspectos en relación a la calificación y clasificación dentro de las lesiones y el cálculo de indemnizaciones, por otro lado nos encontramos con una rebaja casi generalizada en las indemnizaciones.
Salvo las que resultan derivadas de fallecimiento o aquellas que implican incapacidad elevada (y aquí cobra especial relevancia el trabajo desarrollado en la remuneración) el grueso de las indemnizaciones se ven reducidas con la aplicación del nuevo baremo. Esto afecta especialmente a algunas versiones muy presentes en los accidentes de tráfico, y que de algún modo ha sido el caballo de batalla dentro de las indemnizaciones por lesión, por ejemplo han traído y llevado latigazo cervical.
Cómo contratar un seguro de coche por primera vez
En esta nueva regulación abandonamos el concepto de indemnización por días, para que quede englobado en un concepto denominado lesiones temporales, éstas, junto a las secuelas, hacer especial hincapié en los daños y perjuicios materiales. Aquí se incorporan nuevos modelos y nuevas terminologías, o algunas nuevas interpretaciones de antigua terminología, destacamos estas dos:
Perjuicio personal básico
Se viene a considerar que el perjuicio que no necesita ser demostrado ya que es obvio y no resulta contradictorio ni inesperado en relación al accidente. Toma forma estándar y de aplicación a partir de las propias tablas del baremo y se destina a cualquiera que sufra una lesión concreta.
Perjuicio particular
Aquí encontramos ya cambios muy significativos, en este caso, y a diferencia del perjuicio personal básico, el perjuicio personal sólo alcanzará a determinados accidentados, no a todos. Aquí es donde se incluyen por ejemplo el hecho de, además de unas secuelas interesadas en el punto anterior, se contabilice la incapacidad para desarrollar el trabajo habitual del lesionado lo que proporcionaría un derecho a indemnización complementaria.
En este apartado encontramos a su vez dos grupos:
- El denominado daño emergente, que son los gastos que pueden ser motivados por nuestras lesiones, por ejemplo gastos de desplazamiento a consultas o rehabilitación, o similares.
- El que denominamos lucro cesante, esto haría referencia tanto al dinero perdido o dejado de ganar por mantener cerrado un negocio o dejar de desarrollar una actividad comercial, como lo que se nos podría descontar de nuestra nómina por el hecho de estar de baja.
Como podemos apreciar desaparecen los antiguos factores correctores que venían a definir las variables dentro de las indemnizaciones, y en este caso se apuesta por conceptos más genéricos pero que ataquen más la indemnización desde el punto de vista de cada caso concreto. Esto siendo más amplio que antaño, parece un tanto más complejo a la hora del cálculo. Hay que tener en cuenta que a partir de todo lo que hemos desarrollado, es decir estos cuatro puntos, es como se valora el inicio del cálculo para las indemnizaciones en global, es decir, tanto para una baja en caso de un accidente como para una indemnización por fallecimiento a los familiares del accidentado.
Más modificaciones en el Baremo de tráfico de 2016
Lo cierto es que esta nueva regulación trae consigo muchas modificaciones ( en total hablamos de un texto de más de 500 páginas) y aquí estamos recogiendo tan sólo las que nos parecen más relevantes.
Realmente estamos ante una revisión importante de de la responsabilidad civil y de los seguros de coche, cambiando muchos procedimientos incluido el de reclamación frente a los seguros. Por eso tampoco nos extraña otras modificaciones que a este nivel parecen incluso menores como la desaparición de la culpa compartida u otras que ya venían siendo reclamadas desde distintos ámbitos como por ejemplo el recortará indemnización a que los lesionados que no portan cinturón de seguridad.
La relevancia de la desaparición de culpa compartida es importante ya que esto reduce de manera radical los posibles matices ante el accidente: o bien la víctima es responsable total del accidente o percibirá el total de la indemnización, no existirán reglas de proporcionalidad, aunque, cabe la reducción de indemnización de los lesionados si contribuyeron al resultado de la lesión (no llevando el cinturón de seguridad puesto o el casco en la motocicleta) o cuestiones un poco más delicadas como no mantener la actitud necesaria correcta para recuperarse de las lesiones.
Una modificación muy importante es la que atañe a la figura del forense. Hasta ahora nos habíamos acostumbrado a un sistema en el que tras sufrir un accidente, el accidentado sin ningún tipo de requisito previo y sin esperar al alta médica, había interpuesto una denuncia y era visitado por el forense del juzgado competente que emitía un informe. La emisión de este informe llevaba o bien a un acuerdo o a la celebración del juicio. Aquí se incluía un proceso de tiempo para que la compañía aseguradora respondiera con una oferta provocada ya que en caso contrario se podrían aplicar intereses de demora.
Esto se ha modificado como decíamos de manera importante. El accidentado en este caso está obligado a rellenar y enviar una reclamación por lesiones ante la aseguradora, aquí se deben incluir todos los documentos que vienen a acreditar la existencia del accidente, las lesiones sufridas y la culpa del contrario. Las compañías emisoras de los seguros de coches, va a disponer de un periodo también un trimestre en el que podrá, o bien efectuar una oferta motivada o rechazar el siniestro.
En caso de que el accidentado no se encuentre de acuerdo con lo que la aseguradora propone, y sólo en este caso, podrá solicitar un forense a cargo de la propia aseguradora o acudir a un perito médico privado. Con el informe que surja de cualquiera de los dos ahora devolverse a remitir la solicitud a la aseguradora que podrá, a la vista de dicho informe, o bien mejorar la oferta o mantenerse en lo expuesto anteriormente. A partir de aquí al accidentado le queda como recurso acudir a los procesos de mediación (no vinculante) o a la vía civil tras acreditar que se han dado todos los pasos anteriores.
Descarga el documento completo del nuevo baremo de tráfico 2016