Multas de tráfico

FotTestraLas Multas de tráfico en el BOE, como queda establecido en el Real Decreto Legislativo 339/1990, del 2 de Marzo, queda aprobado el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de los artículos 76 y siguientes, respecto a la notificación de sanciones de tráfico.

Debiendo ser de forma personal, en caso de no poder ejercer la notificación de las multas sufridas de manera personal será vía el domicilio que aporte el denunciado -que será el responsable de la multa de tráfico– y que figure en los registros oficiales. Si en verdad no pudiera notificar la multa de tráfico ni en lo personal, ni en el domicilio, en cuyo caso la notificación de la multa de tráfico será por el sistema TESTRA y no por los Boletines Oficiales BOE o BOP.

Recordando que no son más publicadas las multas de tráfico no notificadas en el BOE (Boletín Oficial del Estado) como tampoco en los Boletines Provinciales BOP, ya que el sistema de publicación de sanciones de tráfico en el BOE (Boletín Oficial del Estado) o en todo caso en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia) fue reemplazado por el nuevo TESTRA a partir del 25 de Abril del año pasado.

El anterior sistema antes del TESTRA, permitía que si sufrian una multa de tráfico y no podían notificar ni personalmente ni en el domicilio, más allá de los intentos, en ese caso la notificación de multas de tráfico era vía los Boletines Oficiales de la Provincia (BOP) o del BOE (Boletín Oficial del Estado), pero ya no es así.

Al tener que notificarnos una multa de tráfico y no puedan notifciar en personal ni por el domicilio, se le deja la notificación a una persona que debe identificarse y ser responsable de la multa de tráfico. Ahora se rige por el TESTRA, que significa «Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico», solamente por este servicio Web se notifican las multas de tráfico, si no pudieran por otros medios válidos.

Dicho servicio de la Dirección General de Tráfico, RESTRA a la hora de usarlo no precisan del DNI electrónico, deben ingresar a la Web de la Dirección General de Tráfico, en el apartado de «Trámites y Multas: Jefatura virtual» una vez en ahí ingresar en el apartado TESTRA.

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