¿Se puede devolver el recibo del seguro? consecuencias

En una situación incierta en lo económico, como es la que estamos atravesando por la pandemia, es normal querer reajustar los gastos. Pero anular o devolver algunos recibos puede ser un problema, por ejemplo el recibo de los seguros. En cualquier caso merece la pena saber lo que ocurre cuando se devuelve el recibo del seguro.

AHORRAR EN SEGUROS

Como veremos a continuación por la propia característica habitual de los seguros, especialmente en casos como los seguros de automóvil, la devolución de los recibos tiene una implicación importante a todos los niveles, incluso cuando se realiza de manera voluntaria para ratificar (o intentar ratificar una cancelación)

Técnicamente se puede devolver cualquier recibo incluyendo el de un seguro. La simple comunicación a la entidad financiera en la que el recibo se encuentre domiciliado de nuestro deseo de devolución de un recibo concreto ya pone en marcha el mecanismo, de hecho, existen unos plazos amplios en los cuales podemos realizar dicha devolución. Generalmente las devoluciones de recibos de servicios se realizan por problemas de tesorería en la economía doméstica que motivan que puntualmente no se puedan atender dichos registros, estas devoluciones pueden no acarrear inmediatamente una suspensión del servicio ya que existen, la mayoría de ocasiones, una suerte de plazo de gracia que depende de la oferta particular de cada suministro o servicio, vencido el cual acarrearía de manera inmediata la suspensión del servicio prestación.

En el caso de los seguros, técnicamente, nos encontramos ante el mismo escenario, pero, los matices son importantes. Por un lado la devolución de un recibo del seguro de vida (por ejemplo), también acarreará con el tiempo la suspensión del servicio es decir de las coberturas que la póliza nos ofrecía, pero, no sólo no nos eximirá de la deuda, sino que en muchos casos y dependiendo del modelo de contrato, no estaremos extinguiendo un servicio por el periodo abordado sino un servicio con carácter anual; debemos aclarar que esto no significa que una vez suspendido servicio nos puedan reclamar una cantidad a mayores en relación a los meses que restan del año, pero, si por el periodo que transcurre entre la devolución y la baja del servicio si el producto se pagaba fraccionalmente.

COMO AHORRAR EN SEGUROS

Recibos del seguro y devoluciones

Los seguros, salvo excepciones, se contratan con carácter anual, y esto es independiente incluso del modelo de pago elegido, es decir, salvo muy pocas excepciones, aunque tengamos un seguro fraccionado éste no responderá por periodo abordado sino que se enmarca dentro de un seguro anual que, además, tiene carácter de renovación automática. Antiguamente las aseguradoras se mostraban más laxas cuando a la hora de la cancelación de un producto el usuario se limitaba a la devolución del recibo correspondiente, sin embargo la actualidad esto ya no es así y las reclamaciones por impago se multiplican en los últimos años.

Realmente lo que las aseguradoras han hecho es adaptarse a los sistemas que otros servicios, por ejemplo las operadoras telefónicas, ya venían aplicando. Es decir, cuando hasta hace no muchos años queríamos cambiar de seguro, simplemente realizábamos o podríamos realizar una contratación de otro seguro en los en los días previos al vencimiento del seguro corriente, después se avisaba al banco de no aceptar el recibo de la compañía de la que nos íbamos a dar de baja; es cierto que algunos casos las compañías podían insistir un poco, pero generalmente, esto se olvidaba y el cambio se podía realizar sin mayores problemas.

Cómo devolver el recibo del seguro

En la actualidad, si no se ha comunicado la baja del seguro con antelación (dos meses) ocurre exactamente al revés, lo común será que nos encontremos con una reclamación por impago que, perfectamente, puede acabar con el usuario en un registro de morosos. por todo ello lógicamente la cancelación de un recibo, si el motivo es un cambio de seguro y no hemos realizado una comunicación previa en los plazos establecidos, no es muy buena idea y poder generar los realmente problemas serios.

Otra situación frecuente es haber aceptado la renovación de seguro pero no abonado la cantidad correspondiente en el recibo, esta devolución de recibo probablemente acarreará un nuevo cargo entre 15 y 30 días después del primero, normalmente esto irá acompañado de una carta de la aseguradora interesándose por un posible problema de cambio de cuenta o similar. En este caso seguir no atendiendo a los recibos, acarreará también un proceso por impago y una suspensión de servicios, con el agravante que podemos encontrarnos en algunos casos incluso con la negativa de la aseguradora (antes de la suspensión formal del servicio) a responder ante una demanda determinada presente en sus coberturas.

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